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Testamento y herencias en Juridicum

Testamento y herencias

1) Solicitar al Registro Civil un certificado literal de defunción (conviene pedir más de uno). Su expedición es gratuita. Se solicitan:

  • Por internet (haga click aquí).
  • Personalmente en cualquier Registro civil (aunque no sea aquel donde ocurrió el fallecimiento).
  • Por correo dirigido al Registro civil del lugar de fallecimiento.

2) Solicitar una certificación del Registro General de Actos de Última Voluntad. Deben haber transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento del causante antes de pedirlo.

3) Solicitar un certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento. El plazo para reclamar un seguros de vida es de cinco años.

4) Solicitar una copia autorizada del testamento, si hay testamento constará en la certificación que hemos obtenido del RGAUV.

Una vez localizado el último testamento, la solicitud de la copia autorizada puede hacerse:

  • Personalmente en la notaría de que se trate.
  • Por correo, enviando una solicitud que será firmada por el interesado en presencia de cualquier notario.

La copia autorizada tiene un coste que depende del número de folios del testamento original y de la antigüedad que tenga.

5) Declaración de herederos.

Si el fallecido no dejo testamento y así se refleja en el certficado de RGAUV será necesario que un juez o un notario establezcan quienes son los herederos.

  • Si el fallecido dejó esposa, descendientes o ascendientes, entonces la declaración la hará un notario.
  • Si el fallecido no dejó esposa, descendientes ni ascendientes, entonces la declaración se hará mediante un procedimiento tramitado ante el Juzgado competente.

6) Inventario.

Los activos que poseía el fallecido

  • Inmuebles. Para saber qué inmuebles (fincas urbanas, rústicas, viviendas, etc..) tiene una persona habrá que recopilar las escrituras que pudiere conservar. Es importante pedir una nota simple de cada finca en el Registro de la propiedad, para conocer el estado en que se encuentran las fincas (cargas, hipotecas, titulares…).
  • Metálico, saldos y valores. Se acudirá a las entidades de crédito con el certificado de defunción, el del RGAUV y con el testamento o acta de declaración de herederos. Se pedirá a la entidad que certifique todos los saldos, acciones y demás que tuviere el fallecido.
  • Vehículos.
  • Seguros de vida. Las cantidades a percibir por los seguros de vida, no son parte de la herencia. El fallecido puede haber designado beneficiario de un seguro de vida a una persona que no tenga nada que ver con sus herederos.
  • Ajuar doméstico. El ajuar doméstico (mobiliario y enseres de la vivienda habitual) se adjudica en principio al cónyuge sobreviviente, sin incluir las joyas y otros objetos de gran valor.

Valoración de los bienes. Todos los bienes, derechos y acciones que hay en la herencia deben ser valorados conforme a su valor real (valor de mercado).

Las deudas del fallecido se transmiten al heredero no sólo los bienes y derechos sino también las deudas que pudiere tener, quedando obligados los herederos a su pago no sólo con los bienes de la herencia sino también con los suyos propios. La renuncia a la herencia debe hacerse ante notario, no valiendo la que se hace en un documento privado.

Las deudas de la herencia, deudas que se generan por la propia sucesión como,  los gastos de entierro y funeral o los gastos de abogado, gestoría y demás.

7) En el cuaderno particional se van a recoger todos los datos de los interesados, los bienes, derechos y deudas así como las adjudicaciones que se hagan a los herederos y legatarios.

El cuaderno particional puede ser un documento privado cuando no haya bienes inmuebles o estos no se vayan adjudicar de manera concreta en ese momento, o cuando se trate de un heredero único.

8) Pago de impuestos

El impuesto de sucesiones. El plazo para verificar este pago es de seis meses desde el fallecimiento aunque se puede solicitar una prorroga de seis meses más. El impuesto se paga en la CCAA donde el causante tenía su residencia habitual, independientemente del lugar donde se encuentren los bienes heredados.

El impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). Se pagará en el municipio donde estén situados los inmuebles urbanos que se heredan.  El plazo será de seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.

9) Entrega de los bienes.

 

Los precios de la tramitación de Herencias son los siguientes:

 Precios Testamento y Herencias

Tarifas herencias en Juridicum

Asesoramiento

Declaración de Herederos

Inventario

Cuaderno particional

Impuestos

 

Toda la tramitación de la herencia desde 550€ más iva

 

Testamentos y Herencias en Juridicum

 

Información GRATUITA

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